suelo, aire y agua

calidad ambiental desde aragón

Boletín electrónico del Departamento de Medio Ambiente

En el último número del boletín electrónico de medio ambiente publicado mensualmente por la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Aragón se puede destacar lo siguiente:

El día 19 de diciembre de 2007 se celebró en el Salón de Actos del Edificio Pignatelli una jornada informativa dirigida a las empresas afectadas por el nuevo registro E-PRTR (que sustituye y amplía el registro EPER). Se dió a conocer la aplicación informática elaborada para que las empresas obligadas por el Real Decreto 508/2007 que regula este nuevo registro puedan declarar sus emisiones al aire, agua, suelo y transferencias de residuos a la Dirección General de Calidad Ambiental y Cambio Climático. Las declaraciones se realizarán por medios telemáticos a través del portal del Gobierno de Aragón. Las primeras emisiones que se notificarán al registro E-PRTR son las correspondientes al año 2007 y se deberán realizar del 1 de enero al 20 de abril de 2008.

A partir del próximo 2 de enero a través del portal del Gobierno de Aragón, se podrán realizar consultas estadísticas relativas a la producción y gestión de residuos peligrosos en Aragón, así como sobre los centros autorizados o registrados para la gestión de residuos en esta Comunidad Autónoma, que permite realizar consultas por comarcas, municipios, tipos de residuos, etc.

Información pública de expedientes en tramitación de Evaluación de Impacto Ambiental y Autorización Ambiental Integrada.

Diciembre 20, 2007 Publicado por Campos Lahoz | Dura lex, sed lex | , , , | No hay comentarios

Diferencias entre la ISO 14001 y el EMAS

Las principales normas en las que se basan los Sistemas de Gestión Ambiental son:

  • ISO: 14001, promovida por ISO y aceptada en todo el mundo.
  • EMAS, promovida por la Unión Europea, y más estricta que la anterior.

Los aspectos que tienen en cuenta los Sistemas de Gestión Ambiental basados en ambas normas son idénticos, aunque existen ciertas diferencias que se exponen a continuación:

Evaluación Ambiental Inicial

EMAS: Es obligatoria si no se dispone de un Sistema de Gestión Ambiental previamente certificado.

ISO 14001: La norma la recomienda en caso de no disponer de un Sistema de Gestión Ambiental previamente implantado.

Ciclo de Auditoría

EMAS: El ciclo de repetición dependerá del tipo de actividad desarrollado.

ISO 14001: No hay una periodicidad establecida.

Alcance de la Auditoría

EMAS: Además del sistema de gestión medioambiental, debe de incluir:

  • La Política ambiental.
  • El Programa.
  • El cumplimiento de la Legislación aplicable.

ISO 14001: El Sistema de Gestión Ambiental.

Declaración Ambiental

EMAS: Necesaria, será pública y de periodicidad anual.

ISO 14001: No es necesaria.

Validez

EMAS: Debe ser verificada por un organismo acreditado, además se exige la validación de la Declaración Ambiental.

ISO 14001: Puede ser autocertificada, aunque lo más habitual es que sea certificada por un organismo acreditado.

Registro

EMAS: Las organizaciones son inscritas en el registro de empresas adheridas por el organismo ambiental competente de la comunidad autónoma.

ISO 14001: No es necesario.

Fichero en box.net

Diciembre 3, 2007 Publicado por Campos Lahoz | Gestión medioambiental | , , , , , | No hay comentarios

Normativa medioambiental

En este post solamente quiero dar a conocer dos lugares en los que se puede encontrar legislación ambiental europea, estatal y aragonesa.

Son muchas las veces en las que nos gustaría disponer de un acceso rápido, directo y sin publicidad de por medio a la normativa que nos hace falta en cada momento. Podemos hacer uso de LEMA en el sitio web del departamento de medio ambiente del Gobierno de Aragón.

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También disponemos de una herramienta especializada en localizar normativa ambiental directamente relacionada con los trámites y procedimientos relativos a informes y autorizaciones ambientales realizados por el Instituto Aragonés de Gestión Ambiental. Su principal utilidad radica en que cuando debemos formalizar algún trámite y redactar solicitudes, memorias, proyectos, etc, disponemos de un repertorio legislativo aplicable a cada caso concreto. Es INALEX. Pero lo mejor es que podemos suscribirnos mediante un feed RSS y conocer cómodamente las novedades legislativas utilizando cualquier aplicación compatible. No dejéis de echar un vistazo, merece la pena.

Icono que señala la presencia de feeds RSS

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Diciembre 2, 2007 Publicado por Campos Lahoz | Dura lex, sed lex | , , , , , , , | No hay comentarios