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Renovación de la inscripción en el registro de pequeños productores de residuos peligrosos

 

El otro día me di cuenta que se producen algunas consultas bastante frecuentes relativas a la producción o gestión de residuos, así que me dije: ¿por qué no las expones para que otros puedan verse beneficiados?

En este caso comenzaré con una consulta relativa al trámite de obtención de la inscripción en el Registro de Pequeños Productores de Residuos Peligrosos en la Comunidad Autónoma de Aragón. Espero que sea útil.

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CONSULTA:

Buenos días,

Durante el transcurso de una auditoría interna a nuestro sistema de Medio Ambiente, nos comenta el auditor que la Licencia de Pequeño Productor de Residuos Peligrosos (que es la que nosotros tenemos) hay que renovarla cada 5 años.

Les solicito que me lo confirmen o no ya que revisando tanto la licencia como la legislación no encuentro ese dato, sí la obligación de comunicar cualquier variación en los datos aportados.

Agradeciendo de antemano su información

 

Un saludo

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RESPUESTA:

Efectivamente, su empresa está inscrita en el Registro de pequeños productores de residuos peligrosos. La inscripción en este registro no requiere de renovaciones periódicas, exclusivamente se deben comunicar las modificaciones a los efectos de mantener actualizado el mencionado registro.

Por su parte, la autorización de productor de residuos peligrosos sí se concede en la Comunidad Autónoma de Aragón por un periodo de cinco años prorrogables. En este caso, la solicitud de prórroga deberá ser promovida por el titular de la instalación al menos con seis meses de antelación a la fecha de caducidad de la efectividad de la autorización.

Definiciones de productor de residuos peligrosos y de pequeño productor de residuos peligrosos según el DECRETO 236/2005, de 22 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de la producción, posesión y gestión de residuos peligrosos y del régimen jurídico del servicio público de eliminación de residuos peligrosos en la Comunidad Autónoma de Aragón. (B.O.A. de 12 de diciembre de 2005)

Productor: cualquier persona física o jurídica cuya actividad, excluida la derivada del consumo doméstico, produzca residuos peligrosos o efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos. Tendrá también carácter de productor el importador de residuos peligrosos o adquirente en cualquier Estado miembro de la Unión Europea.

Pequeño productor: cualquier persona física o jurídica que por generar o importar menos de 10.000 kilogramos al año de residuos peligrosos, adquieran este carácter mediante su inscripción en el Registro de Productores de Residuos Peligrosos.

Un saludo,

Enero 28, 2008 - Publicado por Campos Lahoz | Consultas, Residuos peligrosos | , , , , , , , | No hay comentarios

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