Recogida de residuos en Aragón por gestores autorizados en otras Comunidades
CONSULTA
Un gestor de residuos no peligrosos autorizado por una comunidad autónoma vecina quiere recoger en Aragón aceite usado procedente de cocinas a diferentes productores para posteriormente trasladarlo a una planta de su comunidad de origen. Su duda radica en si debe de solicitar autorizaciones en Aragón.
RESPUESTA
Según reza el Decreto 49/2000 del Gobierno de Aragón, solo deberán solicitar la autorización o, en su caso, la inscripción en el Registro, aquellas empresas que de gestión de residuos no peligrosos que se vayan a ubicar o bien estén radicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Las demás empresas podrán operar en Aragón con las autorizaciones correspondientes de sus respectivas comunidades autónomas.
Para el caso de la entrada o salida de residuos industriales no peligrosos, para su eliminación, con origen o destino en la Comunidad Autónoma de Aragón, se estará a lo dispuesto en el artículo 19 y siguientes del Decreto 2/2006, de 10 de enero, del Gobierno de Aragón. En el mencionado decreto se prescribe que la entrada o salida de residuos industriales no peligrosos para su eliminación que tenga origen o destino en otras Comunidades Autónomas distintas de la Comunidad Autónoma de Aragón se someterá a control previo del Departamento competente en materia de Medio Ambiente, que deberá autorizar o, en su caso, aprobar con carácter previo la entrada o salida de residuos industriales no peligrosos desde o hacia la Comunidad Autónoma de Aragón.
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