6. Responsabilidades y documentación
EL EXPEDIDOR
Se define expedidor como la persona física o jurídica por cuya orden y cuenta se realiza el envío de la mercancía peligrosa.
En el capítulo 1.4.2.1 del ADR se especifican las obligaciones que debe cumplir un
expedidor.
Responsabilidades
■ Confirmar que las mercancías peligrosas sean clasificadas y autorizadas al transporte según el ADR.
■ Suministrar al transportista las indicaciones e informaciones y documentos pertinentes para efectuar el transporte con la adecuada seguridad.
■ Utilizar envases, embalajes, GRG y cisternas aptas para el transporte de las mercancías afectadas.
■ Observar las disposiciones sobre el modo de envío y sobre las restricciones de expedición.
■ Efectuar el marco correcto de bultos y embalajes.
Documentación
Carta de Porte: Documento que identifica la materia.
Instrucciones Escritas para el Conductor: Incluye las características de la materia que transporta e indica al conductor, las medidas de actuación en caso de accidente.
Certificado de Arrumazón del Contenedor: Únicamente cuando se realice un transporte combinado por carretera y mar, en gran contenedor, a excepción del que se utiliza con contenedor cisterna.
Guía de Circulación de Explosivos: Exclusiva en el transporte de explosivos.
CARTA DE PORTE
La carta de porte es un documento que debe acompañar a la mercancía peligrosa durante su transporte. En ella se recoge, la denominación de la mercancía transportada, así como su clasificación, número de envases, tipo, cantidad total, cantidades, etc. Se puede definir como la notificación de “lo que se transporta y cómo se transporta”.
Este documento puede prepararse según la conveniencia del fabricante o expedidor, como un documento separado, siempre que contenga los datos que exige el ADR.
En algunas empresas, se imprime en el reverso del albarán que, en nuestro país, se entrega normalmente al transportista en el momento de efectuar la carga.
Cada operación de transporte de materias incluidas en el ADR, salvo excepciones, exige al expedidor la confección de una carta de porte, que se encuentra regulada en la sección 5.4.1 del ADR.
El cargador podrá firmar, por delegación del expedidor la carta de porte, según indica el R.D. 551/2006.
Cuando se transporten residuos peligrosos el número ONU y designación oficial de transporte deberán ir precedidos de la palabra “Residuo(s)”, además de los componentes que hayan servido para determinar la clasificación del mismo. Deberán ser registrados con sus denominaciones químicas.
- Ejemplo: Residuo, UN 1230 metanol, 3,(6.1), II.
Cuando no se conozca la composición del residuo, se indicará en la carta de porte “residuos de acuerdo al 2.1.3.5.5”.
INSTRUCCIONES ESCRITAS
El expedidor debe entregar al conductor unas instrucciones escritas en previsión de cualquier accidente o incidente, para cada mercancía u objeto peligroso transportado o para cada grupo de mercancías peligrosas que presenten los mismos peligros.
Estas instrucciones deberán guardarse en la cabina del conductor, de manera que permita fácilmente su identificación. Además, las que no sean aplicables a las mercancías que se encuentren a bordo del vehículo, deberán mantenerse apartadas de los documentos pertinentes, con el fin de evitar cualquier confusión.
Las informaciones contenidas en estas fichas, deben ser comunicadas al transportista como mínimo, cuando se dé la orden de transporte, con el fin de permitirle:
■ Adoptar las medidas necesarias para informar a todos los empleados afectados de dichas instrucciones.
■ Velar que el equipo necesario se lleve a bordo del vehículo.
Contenido de las Instrucciones Escritas
■ Una primera parte con las medidas de orden general a tomar sea cual sea la mercancía.
■ Una segunda parte en la que se indican los riesgos que conllevan cada una de las materias, según su etiqueta de peligro, y las medidas suplementarias que deben tomarse.
■ Una última parte con el equipamiento necesario, que deberá encontrarse en el vehículo, para afrontar las medidas descritas.
CERTIFICADO DE LIMPIEZA
En el artículo 31 del RD 551/2006, de 5 de mayo, especifica la necesidad de presentar, en algunas ocasiones, un certificado de limpieza, antes de proceder a las operaciones de carga.
Después de la descarga del vehículo, y si se observa algún escape de la carga, se deberá limpiar el vehículo lo antes posible y en todo caso antes de cualquier nuevo cargamento precedente.
Contenido del Certificado de Limpieza
■ Identificación del propietario del vehículo.
■ Identificación de las cisternas.
■ Materia transportada antes de presentarse al lavado.
■ Chequeo sobre la operación de limpieza de equipos auxiliares.
■ Nombre y ficha del responsable o técnico del lavado/desgasificado.
TRANSPORTISTA
El transportista es la persona física o jurídica que asume la obligación de realizar el transporte.
En el capítulo 1.4.2.2 del ADR, se definen las obligaciones del transportista de mercancías peligrosas.
Responsabilidades
■ Verificar que la mercancía peligrosa está autorizada al transporte.
■ Comprobar que la documentación necesaria se encuentra a bordo del vehículo.
■ Asegurarse de que la carga y los vehículos, no presenten:
- Defectos.
- Escapes o fisuras.
- Falta de dispositivos de equipo.
■ Asegurarse de tener al día las inspecciones de los vehículos.
■ Verificar que los vehículos no se sobrecarguen.
■ Comprobar que las etiquetas y paneles van colocados correctamente.
■ Asegurarse de que los equipos de protección van a bordo del vehículo.
Los documentos fundamentales que debe llevar el transportista, a la hora de realizar su trabajo diario, son:
■ Permiso de circulación.
■ Ficha técnica del vehículo (ITV).
■ Tarjeta de transporte y autorización internacional, si se trata de transporte internacional.
■ Seguro obligatorio.
■ Certificado de ADR de aprobación:
- Vehículo cisterna: para vehículos con capacidad superior a 1000 litros.
- Vehículo contenedor cisterna con capacidad superior a 3000 litros.
- Vehículos destinados al transporte de explosivos.
CERTIFICADO ADR
El certificado ADR es un documento de homologación tipo, conforme al Reglamento ECE Nº 105 o la Directiva 98/91/CE.
Tiene que estar redactado en la lengua o en una de las lenguas del país expedidor. Si esta lengua no es inglés, francés o alemán, el título del certificado, al igual que las observaciones, que se encuentran contempladas en el punto 11, deberán ir escritas en uno de estos idiomas.
Certificado ADR
■ Vehículos cisternas.
■ Vehículos batería.
■ Vehículos destinados al transporte de contenedores cisternas de una capacidad superior a 3000 litros y contenedores de gas de elementos múltiples.
■ Vehículos destinados al transporte de explosivos tipos EXII y EXIII.
■ Unidades MEMU, deberán satisfacer las disposiciones aplicables a los vehículos EX/III.
■ Cabezas tractoras o vehículos tractores enganchados a los enumerados anteriormente, cuando se traten de remolques o semirremolques.
Características del Certificado de Aprobación
El certificado de aprobación tiene que ser expedido por la autoridad competente del país de matriculación para cada vehículo cuya inspección sea satisfactoria.
El modelo del certificado se debe ajustar a las especificaciones dispuestas en el capítulo 9.1.3.5 del ADR. Su tamaño serán las del tamaño A4 y deberá ser de color blanco, con una diagonal rosa.
Tipos de Certificado ADR
FL Vehículos destinados al transporte de líquidos y gases inflamables.
OX Vehículos destinados al transporte de peróxido de hidrógeno: Nº ONU 2015.
EX II y EX III Vehículos destinados al transporte de materias y objetos explosivos.
AT Vehículos destinados al transporte de materias no contempladas en vehículos OX y FL.
MEMU Unidad móvil de fabricación de explosivos.
CONDUCTOR
El conductor es la persona que efectúa el transporte. Tiene la obligación de cumplir con toda la normativa vigente en materia de circulación, tiempos de conducción y descanso, velocidades, etc.
La documentación que debe llevar el conductor del vehículo será:
■ DNI o pasaporte.
■ Carnet de conducir: como mínimo tener el permiso tipo B, y además, el permiso adecuado el vehículo que se transporta.
■ Certificado de formación ADR: asistencia a un curso básico, o de especialización en cisternas, explosivos o radiactivos, que acredite que se ha recibido una formación y que se ha superado un examen.
- Cada cinco años se debe renovar dicho certificado.
- El año antes a su renovación, el conductor deberá haber seguido un curso de actualización y superar los exámenes correspondientes.
- El nuevo periodo de vigencia empezará a contar desde la fecha de expiración del certificado.


Tengo una duda: ¿cuando la cisterna esta vacoia y limpia, el conductor que la lleva , por ej. para pasar ITV, precisa tener certificado ADR?
Gracias.
Siempre y cuando la cisterna vaya limpia y vacia no se necesita certificado ADR del conductor. Solo es necesario este cuando se haga transporte de materias peligrosas.
Hay que tener en cuenta que la limpieza puede ser justificada a través de un documento, de un certificado.
Un vehículo cisterna vacío con certificado de limpieza no precisa llevar placas-etiquetas con los números de identificación, sin embargo sí las debe llevar si no está limpio aunque vaya vacío.
Mira, por ejemplo, los artículos 31 y 35 del R.D. 551/2006